Incremento del arrendamiento

enero 26, 2021
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Incremento del arriendo en el 2021

Incremento del arriendo en el 2021

El incremento del arriendo de vivienda en 2021 es de 1,61% en Colombia, es decir, que los cánones de arriendo para apartamentos, aparataestudios, casas, habitaciones y todos los demás inmuebles residenciales podrá tener un aumento de hasta 1,61%, pues este porcentaje es el IPC del 2020, que corresponde al porcentaje máximo que puede aumentar un arriendo en el país, como lo estipula la Ley 820 del 2003.

El IPC (Índice de Precio al Consumidor) del año inmediatamente anterior, es la cifra que se estipula como guía para subir el canon de arrendamiento cada año según la ley.

¿Qué es la ley 820 del 2003?

Es importante tener en cuenta algunos factores al momento de realizar el aumento del canon de arrendamiento:

  • El aumento del arriendo solo puede llevarse a cabo en el momento que el contraro de arrendamiento cumple 12 meses de haberse firmado o desde el último incremento.Es decir, si el contrato se firmó en marzo del 2020, el aumento se realizará en marzo del 2021.
  • El incremento no debe superar el 1% del valor comercial del inmueble o de la parte que se encuentre arrendada, según el artículo 18 de la Ley 820 del 2003.
  • El arrendador puede abstenerse de realizar el incremento si así lo desea.
  • El aumento del canon de arrendamiento y la fecha en la que comienza a aplicarse el contrato deben informarse con antelación al arrendatario de forma escrita y hacerse llegar de forma certificada como lo estipula la Ley 820 del 2003.

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¿Cómo se aplica y cómo funciona el incremento?

La Ley 820 del 2003 indica dos formas de aumento:

  1. Quienes hayan firmado contratos después del 10 de Julio de 2003, el aumento en el canon de arrendamiento es el del IPC del año inmediatamente anterior.
  2. Para quienes hayan suscrito contratos de arrendamiento de vivienda antes del 10 de Julio del 2003 el incremento máximo es de 3%, que corresponde a la meta de inflación fijada por el Banco de la República para el 2020.

Si el contrato de una vivienda comenzó en agosto del 2020 por un valor mensual de $1.500.000 pesos, en el momento de renovarlo en agosto del 2021, el incremento equivalente al 1,61% será de $24.150; por lo cual el total a pagar es de $1.524.150. 

Si el contrato de arrendamiento se firmó en noviembre del 2002 y a la fecha se paga un canon de arrendamiento de $1.200.000 pesos, el incremento del 3% aumentaría en $36.000, es decir, a partir de abril del 2019 pagaría un total de $1.236 .000.

Esta es la tasa más baja para incrementos de arriendo en los últimos 6 años:

  • 2015: 3.66%
  • 2016: 6.77%
  • 2017: 5.75%
  • 2018: 4.09%
  • 2019: 3.18%
  • 2020: 3.8%
  • 2021: 1.61%
 
 

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